Art. 1
En vigor desde 28 mar 2011
Artículo 1
Quedan suspendidos, del 1 de abril de 2011 al 30 de septiembre de 2011, los derechos de importación de azúcar del código NC 1701 y con el número de orden 09.4380 correspondientes a 300 000 toneladas.
El Reglamento (CE) no 891/2009 se aplicará a la gestión del contingente contemplado en el párrafo primero.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2011:302:oj#art-1