Art. 1

Art. 1

En vigor desde 28 mar 2011
Artículo 1 Quedan suspendidos, del 1 de abril de 2011 al 30 de septiembre de 2011, los derechos de importación de azúcar del código NC 1701 y con el número de orden 09.4380 correspondientes a 300 000 toneladas. El Reglamento (CE) no 891/2009 se aplicará a la gestión del contingente contemplado en el párrafo primero.
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