Art. 16 · Modelo estándar de solicitud de autorización de métodos alternativos

Art. 16

Modelo estándar de solicitud de autorización de métodos alternativos

En vigor desde 25 feb 2011
Artículo 16 Modelo estándar de solicitud de autorización de métodos alternativos 1.   Las solicitudes de autorización de un método alternativo de uso o eliminación de subproductos o productos derivados, a las que se hace referencia en el artículo 20, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1069/2009, serán presentadas por los Estados miembros o partes interesadas de conformidad con las condiciones del modelo estándar de solicitud de autorización de métodos alternativos establecido en el anexo VII. 2.   Los Estados miembros designarán puntos nacionales de contacto para ofrecer información sobre la autoridad competente responsable de la evaluación de solicitudes de autorización de un método alternativo de uso o eliminación de subproductos animales. 3.   La Comisión publicará una lista de puntos nacionales de contacto en su sitio web.
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