Art. 2

Art. 2

En vigor desde 31 ene 2011
Artículo 2 Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) no 610/2010, con excepción de lo que se refiere al grupo mencionado en el punto 25 de la parte 2 de su anexo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2011:83:oj#art-2