Art. 28h · Otras operaciones de ingeniería financiera

Art. 28h

Otras operaciones de ingeniería financiera

En vigor desde 27 ene 2011
Artículo 28 nonies Otras operaciones de ingeniería financiera En el caso de los gastos contraídos de conformidad con el artículo 50 del Reglamento (CE) no 1974/2006 de la Comisión, los Estados miembros, mediante controles administrativos y, en caso de necesidad, mediante visitas in situ a los fondos o a sus patrocinadores, se asegurarán de que se cumplen las condiciones fijadas en los artículos 51 y 52 de dicho Reglamento. Especialmente comprobarán el buen uso de los fondos y el cierre al final del período de programación.
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