Art. 32 · Zonas de veda para la pesca desde cerqueros con jareta

Art. 32

Zonas de veda para la pesca desde cerqueros con jareta

En vigor desde 18 ene 2011
Artículo 32 Zonas de veda para la pesca desde cerqueros con jareta Queda prohibida la pesca de patudo y de rabil desde cerqueros con jareta en las siguientes zonas de altura: a) las aguas internacionales delimitadas por los límites de las zonas económicas exclusivas de Indonesia, Palaos, Micronesia y Papúa Nueva Guinea; b) las aguas internacionales delimitadas por los límites de las zonas económicas exclusivas de Micronesia, Islas Marshall, Nauru, Kiribati, Tuvalu, Fiyi, Islas Salomón y Papúa Nueva Guinea.
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