Art. 11 · Publicaciones

Art. 11

Publicaciones

En vigor desde 10 ene 2011
Artículo 11 Publicaciones La Comisión puede publicar: a) un resumen de todas las notificaciones de alerta, información y rechazo en frontera con información sobre la clasificación y la situación de la notificación, los productos y los riesgos identificados, el país de origen, los países en los que se han distribuido los productos, el miembro notificante de la red, la base para la notificación y las medidas adoptadas; b) un informe anual sobre las notificaciones transmitidas a través de la red.
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