Art. 7
Acceso a los documentos
En vigor desde 17 nov 2010
Artículo 7
Acceso a los documentos
1. La Secretaría garantizará la aplicación de la Decisión del Banco Central Europeo, de 4 de marzo de 2004, relativa al acceso público a los documentos del Banco Central Europeo (BCE/2004/3) (7).
2. Las modalidades prácticas de aplicación de la Decisión BCE/2004/3 a los documentos relativos a la JERS se adoptarán a más tardar el 17 de junio de 2011.
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