Art. 4
Gestión
En vigor desde 17 nov 2010
Artículo 4
Gestión
1. El Presidente de la JERS y su Comité Director darán instrucciones al jefe de la Secretaría en nombre de la JERS.
2. El jefe de la Secretaría o su representante asistirán a las reuniones de la Junta General, del Comité Director, del Comité Técnico Consultivo y del Comité Científico Consultivo de la JERS.
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