Art. 1

Art. 1

En vigor desde 16 nov 2010
Artículo 1 1.   Se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de papel fino estucado, que es papel o cartón estucado por una o las dos caras (excluido papel o cartón Kraft), en hojas o bobinas (rollos), con un peso igual o superior a 70 g/m2, pero no superior a 400 g/m2, y con un grado de blancura superior a 84 (medido con arreglo a la norma ISO 2470-1), clasificados actualmente en los códigos NC ex 4810 13 20 , ex 4810 13 80 , ex 4810 14 20 , ex 4810 14 80 , ex 4810 19 10 , ex 4810 19 90 , ex 4810 22 10 , ex 4810 22 90 , ex 4810 29 30 , ex 4810 29 80 , ex 4810 99 10 , ex 4810 99 30 y ex 4810 99 90 (códigos TARIC 4810 13 20 20, 4810 13 80 20, 4810 14 20 20, 4810 14 80 20, 4810 19 10 20, 4810 19 90 20, 4810 22 10 20, 4810 22 90 20, 4810 29 30 20, 4810 29 80 20, 4810 99 10 20, 4810 99 30 20 y 4810 99 90 20) y originarios de la República Popular China. El derecho antidumping provisional no afecta a las bobinas adecuadas para su uso en rotativas de bobina. Las bobinas adecuadas para su uso en rotativas se definen como aquellas bobinas que, si se someten a ensayo según el procedimiento de la norma ISO 3783:2006, relativa a la determinación de la resistencia al arrancamiento – Método de velocidad acelerada con el aparato IGT (modelo eléctrico), arrojan un resultado de menos de 30 N/m si se miden en la dirección transversal del papel (CD), y de menos de 50 N/m si se miden en la dirección de la máquina (MD). El derecho antidumping provisional no afecta tampoco al papel multicapa ni al cartón multicapa. 2.   El tipo del derecho antidumping provisional aplicable al precio neto franco en la frontera de la Unión, no despachado de aduana, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas enumeradas a continuación, será el siguiente: Empresa Tipo del derecho antidumping Código TARIC adicional Gold East Paper (Jiangsu) Co., Ltd, Zhenjiang City, Jiangsu Province, PRC; Gold Huasheng Paper (Suzhou Industrial Park) Co., Ltd, Suzhou City, Jiangsu Province (China), 19,7  % B001 Todas las demás empresas 39,1  % B999 3.   El despacho a libre práctica en la Unión del producto contemplado en el apartado 1 estará supeditado a la constitución de una garantía por un importe equivalente al del derecho provisional. 4.   Salvo que se especifique lo contrario, se aplicarán las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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