Art. 39 · Otros usos prohibidos de información privilegiada

Art. 39

Otros usos prohibidos de información privilegiada

En vigor desde 12 nov 2010
Artículo 39 Otros usos prohibidos de información privilegiada Ninguna persona sujeta a la prohibición establecida en el artículo 38 podrá: a) revelar información privilegiada a cualquier otra persona, a menos que se haga en el ejercicio normal de su trabajo, profesión o funciones; b) recomendar a otra persona, basándose en información privilegiada, que presente, modifique o retire la oferta relativa a productos subastados a los que se refiera dicha información.
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