Art. 23 · Funciones del subastador

Art. 23

Funciones del subastador

En vigor desde 12 nov 2010
Artículo 23 Funciones del subastador El subastador deberá: a) subastar el volumen de derechos de emisión por subastar por cada Estado miembro que lo haya designado; b) cobrar los ingresos de las subastas a cada Estado miembro que lo haya designado; c) abonar los ingresos de las subastas a cada Estado miembro que lo haya designado.
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