Art. 1

Art. 1

En vigor desde 21 sept 2010
Artículo 1 La forma y los detalles técnicos de la comunicación a la Comisión de los datos y de la información sobre proyectos de inversión en infraestructuras energéticas a que se hace referencia en los artículos 3 y 5 del Reglamento (UE, Euratom) no 617/2010 del Consejo se especifican en el anexo del presente Reglamento.
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