Art. 1
En vigor desde 17 sept 2010
Artículo 1
La recogida de datos de la primera encuesta sobre la participación y la no participación de los adultos en el aprendizaje permanente (encuesta sobre la educación de adultos) tendrá lugar entre el 1 de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012. El periodo de referencia para el que se recogerán los datos sobre la participación en actividades de aprendizaje permanente serán los 12 meses anteriores al periodo de recogida de datos.
Los datos se recogerán cada cinco años.
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