Art. 1

Art. 1

En vigor desde 19 jul 2010
Artículo 1 Los certificados de exportación para los productos correspondientes al código NC 0406 e indicados en el anexo I del presente Reglamento que se vayan a exportar en 2011 a los Estados Unidos de América al amparo de los contingentes mencionados en el artículo 21 del Reglamento (CE) no 1187/2009 se expedirán de conformidad con lo dispuesto en el capítulo III, sección 2, de dicho Reglamento, así como en el presente Reglamento.
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