Art. 2
En vigor desde 13 jul 2010
Artículo 2
La contribución de la Unión asignada al Programa Kozloduy se concede con el fin de prestar ayuda financiera para:
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medidas vinculadas al desmantelamiento de la central nuclear de Kozloduy,
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medidas de mejora medioambiental en consonancia con el acervo, y medidas de modernización de la capacidad de producción convencional destinadas a compensar la pérdida de capacidad de producción de los cuatro reactores de la central nuclear de Kozloduy, y
—
otras medidas consecutivas a la decisión de cerrar y desmantelar dicha central y que contribuirán a la necesaria reestructuración, la mejora medioambiental, y la modernización de los sectores de producción, transmisión y distribución de energía en Bulgaria, así como a mejorar la seguridad del suministro de energía y la eficiencia energética en dicho país.
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