Art. 32 · Sección relativa al perfil de riesgo y remuneración

Art. 32

Sección relativa al perfil de riesgo y remuneración

En vigor desde 1 jul 2010
Artículo 32 Sección relativa al perfil de riesgo y remuneración 1.   Cuando el perfil de riesgo y remuneración del OICVM subordinado difiera en algún aspecto significativo del OICVM principal, se explicará este hecho y se expondrán los motivos del mismo en la sección «Perfil de riesgo y remuneración» del documento de datos fundamentales para el inversor. 2.   La sección «Perfil de riesgo y remuneración» del documento de datos fundamentales para el inversor explicará todo posible riesgo de liquidez, así como la relación entre los acuerdos de suscripción y reembolso del OICVM principal y del subordinado.
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