Art. 4 · Disposiciones transitorias

Art. 4

Disposiciones transitorias

En vigor desde 10 mar 2010
Artículo 4 Disposiciones transitorias Las disposiciones recogidas en el anexo del Reglamento (CE) no 1003/2005 seguirán siendo de aplicación a los programas de control aprobados antes de la entrada en vigor del presente Reglamento.
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