Art. 1

Art. 1

En vigor desde 22 feb 2010
Artículo 1 1.   Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados mecanismos para encuadernación con anillos clasificados actualmente en el código NC ex 8305 10 00 originarios de la República Popular China. 2.   A efectos del presente artículo, los mecanismos para encuadernación con anillos consisten en dos placas de acero o alambres con cuatro medios anillos, por lo menos, de acero fijados sobre ellas y que se mantienen unidos mediante un cierre de acero. Pueden abrirse tirando de los medios anillos o mediante un pequeño dispositivo, de acero, fijado al mecanismo. 3.   El tipo del derecho antidumping definitivo aplicable al precio neto franco frontera de la Unión, no despachado de aduana, será el siguiente: a) para los mecanismos de 17 y 23 anillos (códigos TARIC: 8305 10 00 21, 8305 10 00 23, 8305 10 00 29 y 8305 10 00 35), el importe del derecho equivaldrá a la diferencia entre el precio de importación mínimo de 325 EUR por 1 000 unidades y el precio neto franco frontera de la Unión, no despachado de aduana; b) para los mecanismos que no tengan 17 o 23 anillos (códigos TARIC: 8305 10 00 11, 8305 10 00 13, 8305 10 00 19 y 8305 10 00 34). Tipo del derecho Código TARIC adicional República Popular China: — World Wide Stationery Mfg, Hong Kong, República Popular China 51,2  % 8934 — Las demás empresas 78,8  % 8900
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