Art. 18 · Envíos fraccionados

Art. 18

Envíos fraccionados

En vigor desde 9 feb 2010
Artículo 18 Envíos fraccionados 1.   A efectos del presente artículo, se entenderá por «envíos fraccionados» la entrega de componentes de un artículo completo sin montar o desmontado enviados durante más de un período de referencia por motivos comerciales o vinculados al transporte. 2.   El período de referencia para la importación o exportación de envíos fraccionados puede ajustarse de manera que los datos se notifiquen solo una vez, en el mes de importación o exportación del último envío.
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