Art. 37 · Modificación del Reglamento (CE) no 754/2009

Art. 37

Modificación del Reglamento (CE) no 754/2009

En vigor desde 14 ene 2010
Artículo 37 Modificación del Reglamento (CE) no 754/2009 En el artículo 1 del Reglamento (CE) no 754/2009 se añaden las letras siguientes: «c) el grupo de buques que enarbolan pabellón del Reino Unido y que participan en la pesca indicada en la solicitud de dicho país de 18 de junio de 2009, dedicados a la pesca de cigalas con redes de arrastre de fondo y jábegas cuyo tamaño de malla sea igual o superior a 70 mm e inferior a 100 mm en el oeste de Escocia, en particular en el Minch (rectángulos estadísticos CIEM 42 E3, 42 E4, 43 E3, 43 E4, 44 E3, 44 E4, 45 E3); d) el grupo de buques que enarbolan pabellón del Reino Unido y que participan en la pesca indicada en la solicitud de dicho país de 18 de junio de 2009, dedicados a la pesca de cigalas con redes de arrastre de fondo y jábegas cuyo tamaño de malla sea igual o superior a 70 mm e inferior a 100 mm en el oeste de Escocia, en particular en el Firth of Clyde (rectángulos estadísticos CIEM 39 E5 y 40 E5); e) el grupo de buques que enarbolan pabellón de Polonia y que participan en la pesca indicada en la solicitud de dicho país de 24 de abril de 2009, completada mediante carta de 11 de julio de 2009, dedicados a la pesca de carbonero con redes de arrastre de fondo cuyo tamaño de malla sea igual o superior a 100 mm en el Mar del Norte y en aguas de la UE de la zona CIEM IIa con una cobertura de observadores a tiempo completo.».
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