Art. 13 · Transmisión de datos

Art. 13

Transmisión de datos

En vigor desde 14 ene 2010
Artículo 13 Transmisión de datos Cuando, en aplicación de los artículos 33 y 34 del Reglamento (CE) no 1224/2009, los Estados miembros notifiquen a la Comisión las cantidades de cada población desembarcadas, utilizarán los códigos de poblaciones establecidos en el anexo I del presente Reglamento.
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