Art. 43
Cantidad de cada oferta
En vigor desde 11 dic 2009
Artículo 43
Cantidad de cada oferta
1. Las ofertas referidas a cereales y arroz se presentarán por la totalidad de un lote de venta, según lo indicado en el anuncio de licitación.
2. Las ofertas se presentarán por una cantidad mínima de:
a)
2 toneladas, en el caso de la carne de vacuno;
b)
10 toneladas, en el de la mantequilla y la leche desnatada en polvo.
Si la cantidad disponible en el lugar de almacenamiento es inferior a la cantidad mínima, la cantidad disponible constituirá la cantidad mínima.
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