Art. 1 · Ámbito de aplicación y objetivo

Art. 1

Ámbito de aplicación y objetivo

En vigor desde 30 nov 2009
Artículo 1 Ámbito de aplicación y objetivo El presente Reglamento establece las normas que deben cumplir todos los productos cosméticos comercializados, con objeto de velar por el funcionamiento del mercado interior y lograr un elevado nivel de protección de la salud humana.
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