Art. 3
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 30 nov 2009
Artículo 3
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de agosto de 2009.
Historial de versiones
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