Art. 1

Art. 1

En vigor desde 20 nov 2009
Artículo 1 1.   Quedan derogados los Reglamentos (CEE) no 2602/69, (CEE) no 3570/90, (CE) no 2611/95 y (CE) no 1107/2007, así como la Decisión 85/360/CEE. 2.   La derogación de los Reglamentos y la Decisión a que se refiere el apartado 1 no afectará a la vigencia de los actos comunitarios adoptados sobre la base de dichos Reglamentos y de dicha Decisión.
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