Art. 102
En vigor desde 16 nov 2009
Artículo 102
Serán admitidos con franquicia de derechos de importación las marcas, modelos o dibujos y los expedientes de registro correspondientes, así como los expedientes de solicitud de patentes de invención o similares, destinados a los organismos competentes en materia de protección de derechos de autor o de protección de la propiedad industrial y comercial.
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