Art. 18 · Certificación de semillas

Art. 18

Certificación de semillas

En vigor desde 29 oct 2009
Artículo 18 Certificación de semillas La ayuda para las semillas prevista en el artículo 87 del Reglamento (CE) no 73/2009 se concederá para la producción de semillas de base y oficialmente certificadas definidas en las Directivas 66/401/CEE, 66/402/CEE y 2002/57/CE que cumplan las normas y las condiciones establecidas en dichas Directivas, de conformidad con los artículos 19 a 23 del presente Reglamento.
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