Art. 86
Información confidencial
En vigor desde 17 sept 2009
Artículo 86
Información confidencial
A efectos del debido tratamiento de información confidencial, la Oficina pondrá gratuitamente a disposición de los solicitantes de protección comunitaria de obtenciones vegetales impresos que aquellos utilizarán para solicitar que se excluyan todos los datos sobre los componentes, tal y como se establece en el artículo 88, apartado 3, del Reglamento de base.
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