Art. 26 · Informe sobre el examen

Art. 26

Informe sobre el examen

En vigor desde 17 sept 2009
Artículo 26 Informe sobre el examen 1.   El informe sobre el examen mencionado en el artículo 57 del Reglamento de base deberá ser firmado por el responsable de la oficina de examen e indicar su carácter reservado al uso exclusivo de la Oficina, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57, apartado 4, de ese Reglamento. 2.   Las disposiciones del apartado 1 se aplicarán mutatis mutandis a todos los informes intermedios que se presenten a la Oficina. La oficina de examen enviará directamente una copia de cada informe intermedio a los solicitantes.
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