Art. 2
En vigor desde 11 ago 2009
Artículo 2
1. No obstante lo dispuesto en el artículo 13, apartado 3, del Reglamento (CE) no 105/2008, el plazo de presentación de ofertas para cada una de las licitaciones específicas vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del primer y tercer martes de cada mes.
Si el martes coincide con un día festivo, el plazo vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del día hábil anterior.
El plazo de presentación de ofertas para la primera licitación específica vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del 1 de septiembre de 2009.
2. No obstante lo dispuesto en el artículo 13, apartado 2, del Reglamento (CE) no 105/2008, no se publicará ningún anuncio de licitación. (4)
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