Art. 2

Art. 2

En vigor desde 11 ago 2009
Artículo 2 1.   No obstante lo dispuesto en el artículo 13, apartado 3, del Reglamento (CE) no 105/2008, el plazo de presentación de ofertas para cada una de las licitaciones específicas vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del primer y tercer martes de cada mes. Si el martes coincide con un día festivo, el plazo vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del día hábil anterior. El plazo de presentación de ofertas para la primera licitación específica vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del 1 de septiembre de 2009. 2.   No obstante lo dispuesto en el artículo 13, apartado 2, del Reglamento (CE) no 105/2008, no se publicará ningún anuncio de licitación. (4)
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:733:oj#art-2