Art. 1
En vigor desde 23 jul 2009
Artículo 1
El importe final de la ayuda para los forrajes desecados correspondiente a la campaña de comercialización 2008/09 queda fijado en 33 EUR por tonelada.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2009:648:oj#art-1