Art. 4 · Evaluación de la conformidad

Art. 4

Evaluación de la conformidad

En vigor desde 22 jul 2009
Artículo 4 Evaluación de la conformidad El procedimiento de evaluación de la conformidad mencionado en el artículo 8 de la Directiva 2005/32/CE será el sistema de control interno del diseño que figura en el anexo IV de la Directiva 2005/32/CE o el sistema de gestión para la aprobación de la conformidad descrito en el anexo V de la citada Directiva. La documentación técnica que se facilitara para la evaluación de la conformidad se especifica en punto 1 de la parte 5 del anexo I del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:642:oj#art-4