Art. 30 · Derechos derivados de un visado expedido

Art. 30

Derechos derivados de un visado expedido

En vigor desde 13 jul 2009
Artículo 30 Derechos derivados de un visado expedido La mera posesión de un visado uniforme o de un visado de validez territorial limitada no conferirá un derecho de entrada automático.
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