Art. 10 · Consultas y transparencia

Art. 10

Consultas y transparencia

En vigor desde 13 jul 2009
Artículo 10 Consultas y transparencia 1.   Al ejecutar sus tareas, en particular durante el proceso de desarrollo de las directrices marco, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (CE) no 714/2009 o el artículo 6 del Reglamento (CE) no 715/2009, así como durante el proceso de propuestas de modificación de los códigos de red, con arreglo al artículo 7 de cualquiera de estos Reglamentos, la Agencia consultará de forma exhaustiva y en una fase temprana a los participantes en el mercado, los gestores de red de transporte, los consumidores, los usuarios finales y, cuando proceda, las autoridades de la competencia, sin perjuicio de sus atribuciones respectivas, de forma abierta y transparente, especialmente cuando sus tareas afecten a los gestores de red de transporte. 2.   La Agencia velará por que el público y las partes interesadas reciban información objetiva, fiable y de fácil acceso, especialmente en lo que respecta a los resultados de su trabajo, si procede. Se harán públicos todos los documentos y actas de las reuniones de consulta mantenidas durante el desarrollo de las directrices marco, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (CE) no 714/2009 o el artículo 6 del Reglamento (CE) no 715/2009, o durante la modificación de los códigos de red, con arreglo al artículo 7 de cualquiera de estos Reglamentos. 3.   Antes de adoptar las directrices marco, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (CE) no 714/2009 o el artículo 6 del Reglamento (CE) no 715/2009, o de proponer modificaciones a los códigos de red, con arreglo al artículo 7 de cualquiera de estos Reglamentos, la Agencia indicará la consideración dada a las observaciones recibidas durante la consulta y señalará los motivos por los que no se siguieron dichas observaciones. 4.   La Agencia publicará en su propio sitio de Internet al menos el orden del día, los documentos de referencia y, en su caso, el acta de todas las reuniones del consejo de administración, del consejo de reguladores y de la Sala de Recurso.
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