Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 13 jul 2009
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
En el presente Reglamento se establecen normas para la aprobación por los Estados miembros de compartimentos de aves de corral y compartimentos de otras aves cautivas respecto a la gripe aviar (en lo sucesivo, denominados «compartimentos») y se prevé que, en tales compartimentos se apliquen medidas de bioseguridad preventiva adicionales para concederles una situación sanitaria particular respecto a la gripe aviar.
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