Art. 1
En vigor desde 19 jun 2009
Artículo 1
Las solicitudes de certificados de importación de productos incluidos en los contingentes arancelarios contemplados en el anexo I, partes I.A, I.D, I.F, I.H, I.I y I.J del Reglamento (CE) no 2535/2001, presentadas del 1 al 10 de junio de 2009, darán lugar a la expedición de certificados de importación para las cantidades solicitadas a las que se aplicarán los coeficientes de asignación fijados en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2009:536:oj#art-1