Art. 16
En vigor desde 23 abr 2009
Artículo 16
Será de aplicación a la Agencia el Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2009:401:oj#art-16