Art. 1

Art. 1

En vigor desde 8 abr 2009
Artículo 1 1.   Cada una de las solicitudes de certificado de importación al amparo del subcontingente III contemplado en el Reglamento (CE) no 1067/2008 presentada en el período comprendido entre el 27 de marzo de 2009, a partir de las 13.00 horas, hasta el 3 de abril de 2009, a las 13.00 horas, hora de Bruselas, dará lugar a la expedición de un certificado por las cantidades solicitadas, con un coeficiente de asignación del 18,527184 %. 2.   La expedición de certificados por las cantidades solicitadas a partir del 3 de abril de 2009, a las 13.00 horas, hora de Bruselas, al amparo del subcontingente III contemplado en el Reglamento (CE) no 1067/2008 queda suspendida para el tramo contingentario en curso.
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