Art. 4
Evaluación de la conformidad
En vigor desde 18 mar 2009
Artículo 4
Evaluación de la conformidad
1. El procedimiento de evaluación de la conformidad mencionado en el artículo 8 de la Directiva 2005/32/CE será el sistema de control interno del diseño que figura en el anexo IV de la Directiva 2005/32/CE o el sistema de gestión descrito en el anexo V de la citada Directiva.
2. A efectos de la evaluación de la conformidad, según lo dispuesto en el artículo 8 de la Directiva 2005/32/CE, el registro de la documentación técnica deberá incluir una copia de la información sobre el producto facilitada conforme al anexo II, parte 3, del presente Reglamento.
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