Art. 2
Definiciones
En vigor desde 18 mar 2009
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, serán de aplicación las definiciones establecidas en la Directiva 2005/32/CE. Además, se entenderá por:
1)
«iluminación de una estancia doméstica»: la iluminación total o parcial de una estancia doméstica, sustituyendo o complementando la luz natural con luz artificial, a fin de aumentar la visibilidad en ese espacio;
2)
«lámpara»: una fuente fabricada para producir una radiación óptica, generalmente visible, incluido cualquier componente adicional necesario para el encendido, la alimentación o el funcionamiento estable de la lámpara, o para la distribución, filtrado o transformación de la radiación óptica, en caso de que dicho componente no pueda retirarse sin dañar de forma permanente la unidad;
3)
«lámpara de uso doméstico»: una lámpara destinada a la iluminación de una estancia doméstica; no se incluyen las lámparas para usos especiales;
4)
«lámpara para usos especiales»: una lámpara no destinada a la iluminación de una estancia doméstica debido a sus parámetros técnicos o porque la correspondiente información sobre el producto indica que es inadecuada para la iluminación de una estancia doméstica;
5)
«lámpara direccional»: una lámpara que tiene al menos un 80 % del flujo luminoso en un ángulo sólido de π sr (que corresponde a un cono con un ángulo de 120°);
6)
«lámpara no direccional»: lámpara que no es una lámpara direccional;
7)
«lámpara de filamento»: una lámpara en la que la luz se produce mediante un conductor filiforme que se calienta a incandescencia por el paso de corriente eléctrica; la lámpara puede contener o no gases que influyan en el proceso de incandescencia;
8)
«lámpara incandescente»: una lámpara de filamento en la que este se encuentra en una ampolla al vacío o está rodeado de gas inerte;
9)
«lámpara incandescente halógena»: una lámpara de filamento de volframio, rodeado de un gas que contiene halógenos o compuestos halogenados; las lámparas incandescentes halógenas se suministran con o sin fuente de alimentación integrada;
10)
«lámpara de descarga»: una lámpara en la que la luz es producida, directa o indirectamente, por una descarga eléctrica a través de un gas, un vapor metálico o una mezcla de varios gases y vapores;
11)
«lámpara fluorescente»: una lámpara de descarga del tipo de mercurio a baja presión en la que la mayor parte de la luz es emitida mediante una o varias capas de sustancias fluorescentes que son activadas por la radiación ultravioleta de la descarga; las lámparas fluorescentes se suministran con o sin balastos integrados;
12)
«balasto»: un dispositivo que sirve para limitar la intensidad de la corriente de la lámpara o lámparas al valor requerido en caso de que esté conectado entre la alimentación y una o varias lámparas de descarga; puede incluir también medios para transformar la tensión de la alimentación, regular la intensidad de la luz de la lámpara, corregir el factor de potencia y, solo o combinado con un cebador, producir las condiciones necesarias para encender la lámpara o lámparas; puede estar integrado o no en la lámpara;
13)
«fuente de alimentación»: un dispositivo diseñado para convertir la corriente alterna (CA) de entrada suministrada por la red eléctrica en una corriente continua u otra alterna de salida;
14)
«lámpara fluorescente compacta»: una unidad que no puede desmontarse sin quedar dañada de forma permanente, dotada de un casquillo y que incorpora una lámpara fluorescente y los componentes adicionales necesarios para el encendido y el funcionamiento estable de la lámpara;
15)
«lámpara fluorescente sin balasto integrado»: una lámpara fluorescente de casquillo simple o doble sin balasto integrado;
16)
«lámpara de descarga de alta intensidad»: una lámpara de descarga en la cual el arco que produce la luz es estabilizado por el efecto térmico de su recinto cuya potencia superficial es superior a 3 W/cm2;
17)
«diodo fotoemisor» o «LED»: un dispositivo de semiconductores que contiene una unión P-N y que emite radiación óptica cuando es activado por la corriente eléctrica;
18)
«lámpara LED»: una lámpara que incorpora uno o varios LED.
A efectos de los anexos II a IV, también serán de aplicación las definiciones establecidas en el anexo I.
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