Art. 1 · Ámbito de aplicación

Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 19 ene 2009
Artículo 1 Ámbito de aplicación El presente Reglamento establece: a) disposiciones comunes en relación con los pagos directos; b) un régimen de ayuda a la renta para los agricultores (denominado en lo sucesivo el «régimen de pago único»); c) un régimen de ayuda a la renta transitorio simplificado para los agricultores de los nuevos Estados miembros, tal como define el artículo 2, letra g) (denominado en lo sucesivo el «régimen de pago único por superficie»); d) regímenes de ayuda para los agricultores productores de arroz, patatas de fécula, proteaginosas, frutos de cáscara, semillas, algodón, azúcar, frutas y hortalizas, ganado ovino y caprino y ganado vacuno; e) un marco que haga posible que los nuevos Estados miembros, tal como define el artículo 2, letra g), complementen los pagos directos.
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