Art. 4 · Cálculo del esfuerzo pesquero

Art. 4

Cálculo del esfuerzo pesquero

En vigor desde 18 dic 2008
Artículo 4 Cálculo del esfuerzo pesquero A efectos del presente Reglamento, el esfuerzo pesquero desplegado por un grupo de buques se calculará como la suma de los productos de los valores de capacidad en kilovatios para cada buque y el número de días que cada buque haya estado presente en una zona establecida en el anexo I. Por día de presencia dentro de la zona se entenderá cualquier período continuo de 24 horas (o una parte del mismo) durante el cual un buque se encuentre presente dentro de la zona y ausente de puerto.
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