Art. 1

Art. 1

En vigor desde 17 dic 2008
Artículo 1 Las cantidades del contingente con número de orden 09.4170 por las que no se han presentado solicitudes de certificados de importación, en virtud del Reglamento (CE) no 812/2007, que se añadirán a las del subperíodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2009, ascienden a 2 611 500 kg.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2008:1281:oj#art-1