Art. 9
Visibilidad adecuada de la Unión Europea
En vigor desde 16 dic 2008
Artículo 9
Visibilidad adecuada de la Unión Europea
Los contratos concluidos en virtud del presente Reglamento incluirán disposiciones específicas que garanticen una visibilidad adecuada de la Unión Europea en todas las actividades realizadas sobre la base de dichos contratos.
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