Art. 9 · Visibilidad adecuada de la Unión Europea

Art. 9

Visibilidad adecuada de la Unión Europea

En vigor desde 16 dic 2008
Artículo 9 Visibilidad adecuada de la Unión Europea Los contratos concluidos en virtud del presente Reglamento incluirán disposiciones específicas que garanticen una visibilidad adecuada de la Unión Europea en todas las actividades realizadas sobre la base de dichos contratos.
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