Art. 1
En vigor desde 1 dic 2008
Artículo 1
1. Se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de ácido cítrico y de citrato de trisodio dihidratado clasificados con los códigos NC 2918 14 00 y ex 2918 15 00 (código TARIC 2918 15 00 10) y originarios de la República Popular China.
2. El tipo del derecho antidumping definitivo aplicable al precio neto franco en la frontera de la Comunidad, antes del despacho de aduana, de los productos descritos en el apartado 1 y producidos por las empresas enumeradas a continuación será el siguiente:
Empresa
Derecho antidumping
(%)
Código TARIC adicional
Anhui BBCA Biochemical Co., Ltd — No 73, Daqing Road, ciudad de Bengbu 233010, provincia de Anhui, República Popular China
35,7
A874
DSM Citric Acid (Wuxi) Ltd — West Side of Jincheng Bridge, Wuxi 214024, provincia de Jiangsu, República Popular China
8,3
A875
RZBC Co., Ltd — No 9 Xinghai West Road, Rizhao, provincia de Shandong, República Popular China
36,8
A876
RZBC (Juxian) Co., Ltd — West Wing, Chenyang North Road, distrito de Ju, Rizhao, provincia de Shandong, República Popular China
36,8
A877
TTCA Co., Ltd — West, Wenhe Bridge North, ciudad de Anqiu, provincia de Shandong, República Popular China
42,7
A878
Yixing Union Biochemical Co., Ltd — Polígono industrial de la ciudad de Yixing 214203, provincia de Jiangsu, República Popular China
32,6
A879
Laiwu Taihe Biochemistry Co., Ltd, No 106 Luzhong Large East Street, Laiwu, provincia de Shandong, República Popular China
6,6
A880
Weifang Ensign Industry Co., Ltd, The West End, Limin Road, ciudad de Changle, provincia de Shandong, República Popular China
33,8
A882
Todas las demás empresas
42,7
A999
3. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, el derecho antidumping definitivo no se aplicará a las importaciones despachadas a libre práctica con arreglo al artículo 2.
4. A menos que se especifique lo contrario, serán aplicables las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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