Art. 1

Art. 1

En vigor desde 18 sept 2008
Artículo 1 En el anexo del presente Reglamento se fijan las cantidades totales disponibles en el marco de los contingentes con los números de orden 09.4189 y 09.4190 contemplados en el Reglamento (CE) no 1529/2007 para el subperíodo contingentario siguiente.
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