Art. 89
Contabilidad documentada
En vigor desde 5 sept 2008
Artículo 89
Contabilidad documentada
Con vistas al adecuado control de las operaciones, la contabilidad documentada referida en el artículo 66 incluirá información sobre el origen, la naturaleza y la cantidad de las materias primas para la alimentación animal, los aditivos, las ventas y los productos acabados.
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