Art. 7 · Ámbito de aplicación

Art. 7

Ámbito de aplicación

En vigor desde 5 sept 2008
Artículo 7 Ámbito de aplicación El presente capítulo establece normas de producción específicas aplicables a las siguientes especies: bovina (incluso bubalus y bison), equina, porcina, ovina, caprina, aves de corral (especies mencionadas en el anexo III) y abejas.
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