Art. 69 · Declaración del vendedor

Art. 69

Declaración del vendedor

En vigor desde 5 sept 2008
Artículo 69 Declaración del vendedor A los fines de la aplicación del artículo 9, apartado 3, del Reglamento (CE) no 834/2007, la declaración del vendedor de que los productos suministrados no se han producido a partir de organismos modificados genéticamente o mediante ellos podrá realizarse mediante el modelo recogido en el anexo XIII del presente Reglamento.
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