Art. 68 · Documentos justificativos

Art. 68

Documentos justificativos

En vigor desde 5 sept 2008
Artículo 68 Documentos justificativos A los fines de la aplicación del artículo 29, apartado 1, del Reglamento (CE) no 834/2007, los organismos o las autoridades de control utilizarán el modelo de documento justificativo que se recoge en el anexo XII del presente Reglamento.
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